La justicia porteña resolvió hacer lugar a una
medida cautelar solicitada por un particular y ordenar al Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires que se abstenga de cualquier actividad de tala o extracción del
ejemplar “paraíso”.
El árbol está ubicado frente al domicilio del amparista,
sito en la calle Chivilcoy a la altura del 2800, hasta tanto se dicte sentencia
definitiva.
Según informó IJudicial, el juez Guillermo
Scheibler, subrogante del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario 24 de la Ciudad de Buenos Aires, hizo lugar a una
medida cautelar solicitada por un amparista.
Y ordenó al GCBA que se abstenga de cualquier
actividad de tala o extracción del ejemplar “paraíso” de la plantera ubicada
frente al domicilio sito en la calle Chivilcoy a la altura del 2800 de esta
Ciudad, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en los autos caratulados “C.,
R. contra GCBA sobre Amparo – Ambiental” (Expte.: A3293-2016/0) .
El amparista peticionó que se ordenara cautelarmente
al GCBA que “no proceda a la extracción de la especie paraíso” y fundamentó su
pedido en que la decisión administrativa por la que se ordenaba la extracción
de los árboles le causaba un gravamen irreparable, tanto a su persona como al
ecosistema.
Citó, a propósito, el informe de inspección
ordenados por la propia Comuna 11, realizado el 15 de enero de 2014, luego
ratificado, así como también al informe elaborado por la Escuela de
Floricultura y Jardinería “Juan O. Hall” dependiente de la Facultad de
Agronomía de la Universidad de Buenos Aires, que oportunamente había acompañado
al expediente administrativo. Ambos informes concluyen que “la extracción de
los ejemplares eliminaría la provisión de oxígeno que aportan, siendo además
que su conservación contribuiría a disminuir el efecto invernadero que
impactaba sobre la estabilidad ambiental, sumado ello al innecesario costo
económico que debería soportar el GCBA al sustituir, con un nuevo ejemplar, los
árboles removidos”.