El Gobierno porteño resolvió que cobrará la atención médica en los hospitales públicos a personas extranjeras. La medida publicada en el Boletín Oficial establece que los pacientes deberán abonar por procedimientos programados como tomografías, resonancias magnéticas, internaciones, cirugías y prácticas médicas; en tanto que mantendrá la gratuidad la asistencia por guardia en casos de emergencia y urgencia.
La resolución aprueba el “Procedimiento de Atención a solicitantes sin DNI Argentino” que rige para dos categorías de extranjeros: “los que se encuentren en el país por un tiempo determinado ya sea por viaje de negocios, vacaciones y estudios y solo poseen documentación personal emitido por el país de origen; y los que estén en el país con categoría de residente transitorio o residencia precaria y que el día de la fecha no posean documento nacional de identidad emitido por este país”.
A su vez, indica que los extranjeros con categoría de “residentes permanentes” o “residentes temporarios” en la Argentina, podrán acceder a los servicios de atención sanitaria pública de la Ciudad en las mismas condiciones que los nacionales.
En el tercer artículo, la medida que lleva la firma del ministro de Salud, Fernán Quirós, que “en ningún caso se podrá negar ni restringir la atención y asistencia sanitaria en situaciones de urgencia o emergencia”.
“Resulta necesario implementar un proceso articulado de planificación sanitaria para la atención de personas extranjeras que no posean Documento Nacional de Identidad Argentino, como así también el recupero de gastos”, argumentó el titular de la cartera sanitaria.
De acuerdo con el protocolo divulgado, una vez establecido el diagnóstico y la necesidad del tratamiento, el paciente extranjero recibirá “el presupuesto conforme el módulo integral necesario según la prestación requerida” y será consultado “sobre posibilidades de cobertura”.
“Si el solicitante tiene posibilidades de solventar la prestación, se da intervención a FACOEP en continuación del trámite correspondiente y se informa al hospital la autorización de la práctica al solicitante”, indica; pero si el paciente no puede pagar se “solicitará al consulado o representación diplomática correspondiente de su país de origen la cobertura”.