La Ciudad de Buenos Aires estableció una base imponible diferencial en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para las operaciones de compraventa de criptomonedas.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 93-AGIP/26, que adecúa el sistema tributario de la Ciudad a las características de las operaciones con criptoactivos, con el objetivo de generar condiciones más favorables para el desarrollo del sector y atraer empresas vinculadas a la economía digital.
A partir de esta reglamentación, el impuesto de Ingresos Brutos se calculará sobre una base imponible diferencial, determinada por la diferencia entre el precio de compra y el de venta (spread). Hasta ahora, el tributo se calculaba sobre el total de la operación de venta, sin considerar si existía una ganancia efectiva, lo que generaba una carga fiscal más elevada y desincentivaba la formalización de empresas del sector.
“El desarrollo de la economía digital es prioridad para la Ciudad. Queremos que Buenos Aires sea un hub regional de innovación y tecnología, y para eso necesitamos reglas claras, previsibilidad normativa, simplificación administrativa y un marco impositivo que acompañe el crecimiento del sector”, afirmó Hernán Lombardi, ministro de Desarrollo Económico de la Ciudad.
El subsecretario de Inversiones Augusto Ardiles destacó: “Además del impacto tributario, esta decisión envía una señal clara sobre el rumbo de la Ciudad: queremos ser el lugar donde las nuevas industrias puedan escalar con reglas acordes a su lógica de negocio. Adaptar el marco impositivo a la dinámica de los criptoactivos no es solo una mejora técnica, es una herramienta para atraer talento, capital y proyectos que hoy eligen dónde radicarse en función al marco regulatorio que se le ofrece.”
Por su parte, Germán Krivocapich, de AGIP, señaló que “la reglamentación apunta a reducir la carga fiscal efectiva, brindar mayor previsibilidad normativa y simplificar el esquema tributario del sector, facilitando la formalización, la inversión y la radicación de empresas. Con estas medidas buscamos construir un marco más adecuado para el desarrollo del ecosistema cripto en la Ciudad”.
Para el cálculo de la base imponible, el precio de compra se determina considerando el costo de adquisición pagado por el contribuyente, incluidas las comisiones de intermediación. Por su parte, el precio de venta se calcula a partir del importe total obtenido en la operación, descontando las comisiones correspondientes.
Las cotizaciones deberán provenir de mercados que operen en la compraventa de criptomonedas y que se encuentren inscriptos en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
Esta iniciativa se inscribe dentro de una política pública orientada a acompañar el crecimiento de las economías digitales y promover la radicación de empresas tecnológicas.